Compañeros como definición de la asamblea general de estudiantes
comparto la propuesta de modificación al reglamento estudiantil que se ha
venido concertando con vicerrectoria académica. El día de mañana martes 15 de
septiembre sera socializada la propuesta en el consejo académico y la otra
semana el día martes 21 de septiembre debe ser avalado en este mismo espacio.
Por lo tanto tenemos esta semana para realizar aportes antes de que se deba
aprobar.
Esta es la propuesta
que se presentó en las asambleas:
REVISÓN REGLAMENTO ESTUDIANTIL
Acuerdo Superior N° 015 DE 2003
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Reglamento Actual
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Propuesta para Modificar Artículos
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Art. 27 Para renovar la matricula, el estudiante debe entregar en la
oficina de Admisiones, Registro y Control Académico, los siguientes
documentos:
a. Recibo de pago de los derechos de matrícula, derechos académicos y
otros servicios que la universidad establece.
b. Fotocopia del seguro estudiantil expedido por una compañía de
seguros legalmente constituida y que responda a las exigencias establecidas
por la Universidad.
c. Paz y salvo académico, financiero y administrativo.
La Oficina de Admisiones solicitará este documento, si el estudiante
está reportado por alguna Dependencia de la Universidad, como deudor en
asuntos académicos, financieros o administrativos.
d. Formato de inscripción de los cursos que el estudiante va a
tomar, autorizados por su Consejero y Secretario Académico.
PARÁGRAFO. La Universidad de los Llanos no contempla la condición de estudiante
asistente.
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Art. 27, Para renovar la matrícula el estudiante debe realizar el pago de la
liquidación del periodo académico correspondiente y la inscripción de los
cursos que requiera.
PARAGRAFO 1. Cuando, con las debidas autorizaciones, el pago se realice en
la oficina de tesorería, el estudiante deberá entregar en la oficina de
Admisiones registro y Control el soporte de pago correspondiente y, cuando
proceda, el formato de adición y cancelación diligenciado.
PARÁGRAFO 2. En caso de requerirse apertura de grupo adicional por la
naturaleza del curso, el estudiante deberá entregar el formato de
adición y cancelación diligenciado en la Oficina de Admisiones
Registro y Control Académico para su respectivo trámite, previo
visto bueno del Director de Programa
PARÁGRAFO 3. La Universidad de
los Llanos no contempla la condición de estudiante asistente
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ARTICULO 40. La homologación es el acto académico mediante el
cual el Comité de Programa con apoyo de la secretaría académica reconoce los
cursos
Aprobados por el estudiante transferido en el programa de origen. Para
tal efecto,
los respectivos Comités de Programa deben comparar el contenido
programático,
propósitos, las competencias y el número de créditos de los cursos
aprobados,
con los correspondientes en el Plan de Estudio vigente del programa
ofrecido por
la Universidad de los Llanos.
PARAGRAFO. En aquellos casos en que los cursos no hayan sido
actualizados a
los sistemas de créditos, el Comité de programa establecerá las
equivalencias que
Considere pertinentes.
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ARTICULO 40. La homologación por transferencia es el
acto académico mediante el cual el Comité de Programa con apoyo de la
secretaría académica reconoce los cursos aprobados por el estudiante
transferido en el programa de origen. Para tal efecto, los respectivos Comités
de Programa deben comparar el contenido programático, propósitos, las
competencias y el número de créditos de los cursos aprobados, con los
correspondientes en el Plan de Estudio vigente del programa ofrecido por la
Universidad de los Llanos.
PARÁGRAFO 1. En aquellos casos en que los cursos no hayan sido
actualizados a los sistemas de créditos, el Comité de programa establecerá
las equivalencias que Considere pertinentes.
PARÁGRAFO 2. Cuando las homologaciones provengan de formas previstas en los
Lineamientos Pedagógicos y Curriculares o por movilidad nacional o
internacional, se aplicará lo establecido en los Acuerdos Académicos
correspondientes.
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Art. 65. EXONERACIÓN DE PAGO DE MATRÍCULA: Se otorgará a los
estudiantes que cumplan con los siguientes requisitos:
a. Haber aprobado todos los cursos o asignaturas correspondientes
al semestre regular del plan de estudios, en el periodo académico
inmediatamente anterior y no haber habilitado.
b. Obtener un promedio de cuatro como cero (4,0) o superior para programas
presenciales o cuatro coma cinco (4,5) o superior para programas semi
presenciales.
c. No haber sido sancionado disciplinariamente durante su carrera
PARÁGRAFO. Para efectos de
la aplicación del literal a, si el estudiante hubiere
adelantado uno o
más cursos del semestre que le correspondería según el plan
de estudios, se
promedian las notas de esos cursos con las de los demás cursos
correspondientes a su semestre académico
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Art. 65. EXONERACIÓN DE PAGO DE MATRÍCULA: Se otorgará a los
estudiantes que cumplan con los siguientes requisitos:
a. Haber aprobado todos los cursos o asignaturas correspondientes al
semestre
regular del plan de estudios, en el periodo académico inmediatamente
anterior y no haber habilitado.
b. Obtener un promedio de cuatro como cero (4,0) o superior.
c. No haber sido sancionado disciplinariamente durante su carrera.
PARÁGRAFO 1. Para efectos de la aplicación del literal a, si el estudiante
hubiere Adelantado uno o más cursos del semestre que le correspondería según
el plan de estudios, se promedian las notas de esos cursos con las de los
demás cursos correspondientes a su semestre académico.
PARÁGRAFO 2. Para el caso de los estudiantes en
movilidad nacional o internacional que al momento de su salida
tengan exoneración de pago de matrícula y que durante su estancia de
movilidad conserve las condiciones para continuar con la exoneración, pero
que por efecto de la misma movilidad al regresar no queden en su semestre
regular, se les respetará la condición de exoneración.
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En la asamblea de la sede Barcelona se propuso anexar un parágrafo en el
artículo de exoneración para que se mantenga en caso de que por fuerza mayor un
estudiante no pueda estudiar se le conserve su derecho a la exoneración.
En la sede San Antonio se propuso modificar el artículo que habla de las
fechas de cancelaciones para que se normalice como se hace en algunas
facultades que es hasta la 8 semana.
Compañeros está abierto este tema para que se envíen aportes antes de
que se avale este tema. Sin embargo una vez pase por el consejo Académico
deberá ir al consejo Superior donde se debe someter a dos debates.
Atentamente
Juan Sebastian Rodriguez Tovar
Representante de los estudiantes
Consejo Academico Unillanos
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