El pasado viernes
fue suspendida por sexta vez la audiencia preparatoria de juicio oral contra
los nueve estudiantes, activistas y defensores de derechos humanos capturados
hace 16 meses por presuntos vínculos con las FARC.
Diana
Carolina Lozano
Redacción
Judicial
La no
comparecencia de dos defensores a la audiencia preparatoria de juicio oral
contra las nueve personas acusadas por el Fiscal 16 Seccional de Puerto Rico de
integrar las redes de apoyo al terrorismo de la columna móvil Teófilo Forero
Castro de las FARC, obligaron a que el juez con funciones de conocimiento
tuviera que aplazar la diligencia.
El
aplazamiento
Esta
vez, la inasistencia de los abogados Héctor Andrés Gutiérrez Barreiro y William
Ríos hicieron que el Juez Promiscuo de Descongestión Judicial de Puerto Rico
tuviera que reprogramar la audiencia previa al juicio contra Carlos Lugo, Ómar
Cómbita, Luis Alfredo Fernández, Víctor Hugo Castro, Leidy Paola Soto, Ómar
Marín, Jorge Eliécer Gaitán, Darío Sierra y Julián López; los nueve activistas,
estudiantes universitarios y defensores de derechos humanos, que al igual que
Fabián Camilo Escudero, fueron capturados el 2 de octubre de 2011 en una
operación simultánea de la Policía en Florencia y Puerto Rico (Caquetá), Neiva
(Huila) y Bogotá, señalados de hacer parte de las redes de apoyo al terrorismo
de la columna móvil Teófilo Forero Castro de las FARC.
Sexta
suspensión
Pese a
que hace casi siete meses el fiscal del caso oralizó ante el juez el escrito de
acusación, aún no se ha surtido el trámite en el que el director del proceso
decreta qué pruebas son válidas para el juicio oral; la última vez que se
aplazó la diligencia, tuvo como fundamento la llegada de un nuevo defensor
público al proceso, que representaría a uno de los procesados y al cual por el
paro de la rama judicial no se le había hecho el descubrimiento probatorio.
Con la
suspensión del viernes queda aplazada por sexta vez la audiencia más importante
del proceso contra los nueve acusados.
Alegan
vencimiento de términos
Entre tanto,
los defensores de Jorge Eliécer Gaitán Hernández y de Ómar Andrés Marín Jordán
solicitaron la libertad de sus prohijados, amparados en el numeral cinco del
artículo 317 de la ley 906 de 2004, en el que se establece que transcurridos
más de 90 días desde que se realiza la acusación por parte de la Fiscalía y no
se ha realizado la audiencia de juicio oral, se vencen los términos.
Rifirrafe
con la Fiscalía
No
obstante, el representante del ente acusador refutó ante un juez con funciones
de control de garantías los argumentos de los dos defensores, manifestando que,
de acuerdo con jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, cuando hay
multiplicidad de defensores y las diligencias se aplazan por causa de esa
bancada, los términos le corren es a ésta.
Sin
embargo, los defensores de los dos procesados manifestaron que las
inasistencias a las audiencias no han provenido de los representantes de sus
reos, para convencer al juez.
Pero el
fiscal contestó diciéndole al administrador de justicia que, de concedérseles
la libertad a Gaitán Hernández y a Marín Jordán, la situación podría prestarse
para que el resto de los defensores sigan dilatando el proceso y alegar
vencimiento de términos para conseguir la excarcelación de los procesados.
Del
mismo modo manifestó que, aunque haya varios defensores, el proceso no se puede
fraccionar, porque tiene un mismo radicado, así que las consecuencias de las
maniobras dilatorias de algunos defensores deben asumirlas todos quienes
integran esa bancada.
Aún
no se conoce la decisión
Al
anochecer del viernes, el administrador judicial aún no había decidido al
respecto; se espera que la diligencia en la que el juez dirá si le da la razón
a los defensores o al fiscal del caso, continúe hoy en horas de la tarde.
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