Hoy se conoce tercer fallo de las siete acciones de Tutela interpuestas contra el Consejo Superior Universitario por violaciones a la legalidad, al debido proceso y al Derecho de ser elegido. Esta vez fue el Juzgado Tercero Penal de Bucaramanga quien le ordenó al CSU continuar con el proceso de designación de rector de la institución y para ello le da un máximo de 48 horas a partir de la notificación de dicho fallo, para que de 'humo blanco' a esta designación.
Este fallo corresponde a una acción de Tutela interpuesta por el profesor y candidato a la rectoría Juan Manuel Latorre.
También se especifica en el fallo emitido por el órgano Judicial que el proceso de designación de rector tiene que ser retomado con los tres candidatos que actualmente están en contienda, es decir, los académicos Gilberto Carrillo, Ivonne Suárez y Juan Manuel Latorre.
Vale la pena recordar que el Consejo Superior Universitario lleva más de dos meses dilatando el proceso y que los candidatos corresponden a los favorecidos en la consulta popular a la comunidad universitaria el pasado 20 de abril, a los que también se les suma el saliente rector Jaime Alberto Camacho, quien en el tercer intento de designación de rector tomó la decisión de renunciar al proceso. Renuncia que para muchos llegó con “3 años de retardo”.
Conozca el fallo emitido:
El Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado, referente a Acción de Tutela interpuesta por Juan Manuel Latorre contra Consejo Superior Universitario – UIS.
RESUELVE
PRIMERO: Declarar procedente la acción de Tutela interpuesta por violación a los Derechos Fundamentales al debido proceso y el Derecho a ser elegido, cuyo amparo invoca el apoderado judicial del señor Juan Manuel Latorre Carvajal conforme a lo expuesto en la motivación de esta providencia.
SEGUNDO: Ordenar al Consejo Superior Universitario se continúe dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta decisión, con el proceso de elección de nuevo rector de la Universidad Industrial de Santander para el periodo 2012-2015, entre los aspirantes que no han renunciado a su Derecho a ser elegidos para dicho cargo público, según lo expuesto en la precedencia.
TERCERO: Contra esta decisión procede el recurso de impugnación.
CUARTO: Enviar a la H. Corte Constitucional para su eventual revisión en caso de no ser impugnada.
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