Para FENARES, grupo de representantes de los estudiantes, la propuesta que el MEN presentará al Congreso de la República, "desconoce los pilares de la educación superior en Colombia", en palabras de su presidente Elber Giovanni Páez Archila, representante estudiantil ante el Consejo Superior de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia.
Esta agrupación rechaza la internacionalidad económica de la propuesta, el sistema de financiamiento de las diversidades públicas, el nuevo concepto de autonomía y la manera como se presentó la propuesta. Para ello FENARES propone "tomar el tiempo que sea necesario para la discusión; desarrollar desde las universidades y demás sectores de la academia y la sociedad, una Reforma a la Educación Superior con base en un estudio serio de evaluación del contexto histórico, normativo y social, que responda a las necesidades de nuestro país, partiendo de los principios constitucionales de la Educación como un Derecho y de la Autonomía Universitaria".
El siguiente es el texto del comunicado:
El 11 de marzo de 2011 el gobierno nacional presentó ante el país una propuesta para reformar la Educación Superior sin que ninguna Universidad estuviese al tanto de lo formulado en dicho proyecto, lo cual ha desencadenado una serie de análisis muy concretos de sectores de la educación y la sociedad, que nos llevan como Estudiantes a desarrollar responsablemente, no sólo el conocimiento del documento en mención, sino a investigar, movilizarnos e insertarnos en la discusión como actores de la vida universitaria, y como Federación Nacional de Representantes Estudiantiles de Educación Superior, FENARES, a sentar una posición clara desde la diferencia, con sentido crítico, argumentativo y propositivo.
FENARES considera que para hablar de una reforma a la Educación Superior en Colombia primero debemos revisar el contexto histórico en el cual se hace ineludible una evaluación profunda del Decreto Ley 80 de 1980, la Constitución Política de 1991 y la Ley 30 de 1992, debido a que plantear un nuevo modelo de Educación Superior excluyendo sus antecedentes e inevitables debates, nos lleva a incurrir en errores estructurales, que ponen en peligro el futuro de la Nación.
Una reforma a la Educación Superior debe nacer de una construcción y discusión profunda e incluyente al interior de todas las universidades y la Sociedad, reconociendo las realidades del país; lo anterior en el marco de la libertad de pensamiento y del pluralismo ideológico, bajo lineamientos de respeto a la Autonomía Universitaria, Mejoramiento de la Calidad, Financiación Adecuada, y que se responda a las necesidades de desarrollo de nuestro país a través de una verdadera investigación y una real extensión. Pero ante todo, basar la discusión partiendo de que la Constitución Política en su Artículo 67 define taxativamente a la Educación como un derecho fundamental, en concordancia con la Declaración Universal de los Derechos Humanos y diferentes pactos y protocolos que ha firmado el gobierno colombiano y que, en consecuencia, está obligado cumplir.
Por el contrario, en la propuesta encontramos el concepto de Educación Superior como “un servicio público cultural, inherente a la finalidad social del Estado”. La Constitución Política, afirma que la educación es un derecho y un servicio público de las personas con una función social. Educación como función social implica una ocupación permanente de los objetos del Estado, mientras una educación como finalidad implica tan solo una intención frente a los objetos del Estado.
En necesario y tiene especial relevancia, tener como referente y validar las conclusiones de la Conferencia Regional de Educación Superior, organizada por el IESALC, la UNESCO y ASCUN en el año 2008, y la Conferencia Mundial organizada por la UNESCO en el 2009, que definen: La naturaleza de la Educación Superior como bien público, derecho humano y universal; el deber del Estado en su financiación; la reafirmación de la Autonomía Universitaria como derecho y condición necesaria para el trabajo académico y el cuestionamiento a la mercantilización y privatización de la Educación Superior.
Reformar la Educación Superior no puede estar sujeta a condicionamientos basados en políticas financieras ni a intereses multinacionales y privados, como por ejemplo la negociación del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos, o fundarse en los lineamientos del Banco Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo, los cuales prioriza el gobierno.
Condicionar la Educación Superior a intereses enmarcados en mecanismos que den vía libre a la operación de las multinacionales de la educación, convierten a esta en un lucrativo negocio legalizado y legitimado por el gobierno a través del TLC en distintas modalidades. Lo anterior convierte a la educación como un servicio comercializable, una mercancía transable, ligado a los acuerdos suscritos por el gobierno nacional con la Organización Mundial del Comercio a través del Acuerdo General de Comercio de Servicios (AGCS), donde el ejemplo más claro está regulado en el compromiso de Colombia con los Estados Unidos, en el capítulo de comercio transfronterizo de servicios del TLC, para crear una “forma de tipo específico de entidad jurídica para los servicios de enseñanza superior”. Así mismo, es inconcebible que el gobierno se sustente en banqueros para definir las políticas de Educación Superior, pues estos se dedican a operaciones mercantiles sobre dinero o valores.
El principio constitucional de Autonomía Universitaria nos lleva a realizar un análisis partiendo del concepto en el cual ésta “debe ser entendida como el derecho de autogobierno, ejercido democráticamente por cuerpos académicos, sin imposición externa de los poderes gubernamentales, y sin interferencias de ninguna institución extranjera, tanto en la implantación y funcionamiento de sus órganos de deliberación, como en la determinación de su política de enseñanza, de investigación y de extensión1”; por el contrario, encontramos que la propuesta del gobierno nacional ataca directamente este principio mediante la conformación y las funciones de los Consejos Superiores, la participación de miembros del gobierno interviniendo y supeditando las decisiones que le corresponde adoptar a la Comunidad Universitaria, el condicionamiento de indicadores para acceder a recursos, la denominación misma de Universidad, la intromisión del MEN en la construcción de sus estatutos y reglamentos, la desaparición de los Consejos Académicos, entre otros; en general, la propuesta viola la Autonomía Universitaria tantas veces como la palabra está escrita en el texto.
Además, teniendo en cuenta un registro histórico es muy importante buscar de manera efectiva que la Comunidad Universitaria plantee un nuevo orden en el cual: “debe pensarse en una institucionalidad para las Universidades que permita hacer efectiva esa Autonomía, en la que los poderes estatales, bajo el argumento de actuar en el marco de sus competencias, no puedan inmiscuirse, participando y condicionando las decisiones que le corresponde adoptar a la comunidad universitaria a través de sus instancias internas de gobierno. Se requiere un diseño que permita reivindicar esa autonomía que el constituyente de 1991 reconoció expresamente, como elemento indispensable para lograr una sociedad mas justa, democrática e igualitaria2”. La Autonomía es sustantiva. No podemos pretender formar personas de libre pensamiento, si desde las instituciones no se promueve un pensamiento autónomo.
En términos de financiamiento, las políticas gubernamentales que desarrollaron la Ley 30 de 1992, se centraron en la exigencia de la ampliación de la cobertura, y en la acreditación de los programas, pero no se tradujeron en el incremento de los recursos. La Ley no fijó un adecuado aumento de la base presupuestal de las universidades, limitándose al mínimo sobre el IPC, que en últimas significó el mantenimiento, hasta la fecha, de la misma financiación asignada para el año 1992. Según análisis del Sistema de Universidades Estatales, el déficit presupuestal para el año 2011 asciende, en suma, a 1.2 billones de pesos.
En consecuencia, las universidades se vieron obligadas a buscar otros mecanismos de financiación para asegurar su existencia, como el incremento en el costo de las matrículas, la venta de servicios, el sacrificio de las actividades investigativas, de extensión y de proyección social, la limitación en sus inversiones para la infraestructura física, científica y tecnológica, congelando las plantas docentes de carrera, tercerizando la contratación de personal de servicios y administrativo, entre otros, políticas que han afectado profundamente el desarrollo de la Universidad y la calidad en todos sus procesos.
El proyecto de Ley presentado por el gobierno, define dos formas de financiamiento que claramente no solucionan el problema estructural, por ser recursos absolutamente irrisorios para responder a las necesidades de la sociedad con calidad, algunos de estos recursos, proyectados por el gobierno, no van a la base presupuestal de las universidades y se sigue violando la Autonomía Universitaria, cuando continúa imponiendo condiciones en términos de metas e indicadores a las universidades para acceder a recursos y, por supuesto, el Estado no puede desligarse de su responsabilidad constitucional, entregando su deber a “posibles” inversiones privadas y extranjeras. Las políticas financieras en este proyecto están “enmarcadas en la adopción de reguladores mercantiles y reducción del gasto público, lo que se convierte en presión para eliminar el subsidio a la oferta y estimular la mercantilización de la educación” (Ordóñez, 2011).
También encontramos en la propuesta el origen de instituciones con capitales mixtos e instituciones con ánimo de lucro: “Un intercambio no se llevara a cabo a menos que las dos partes se beneficien3”, y estamos hablando de beneficios económicos, no espirituales o morales, por lo tanto, el inversionista en un modelo mixto siempre buscará beneficios económicos. En el mismo sentido, al insertar instituciones con ánimo de lucro cambia el principio en el cual las universidades sin ánimo de lucro reinvierten las ganancias en la misma Universidad, en cambio, Universidad con ánimo de lucro significa que todos los dividendos y patrimonios producidos se reparten entre los socios, creando universidades que solo buscan utilidades en detrimento de la calidad. Para aumentar la presión, la propuesta define que las Instituciones de Educación Superior Públicas y Privadas “podrán” acogerse al Régimen de Insolvencia Empresarial, Ley 1116 de 2006, que “tiene por objeto la protección del crédito y la recuperación y conservación de la empresa como unidad de explotación económica y fuente generadora de empleo”, o sea, la Universidad es una empresa que si no rinde financieramente, se interviene y posteriormente se liquida por parte del Estado.
Es claro que el gobierno y las universidades deben buscar estrategias para dar oportunidad de acceder a la Educación Terciaria a más jóvenes, ampliar la cobertura y cubrir la demanda, pero para llegar a esto, el gobierno debe incrementar significativamente y, en igual medida, los recursos a las bases presupuestales de las universidades, para no continuar llevando a estas a la quiebra, lo cual va en contravía con la calidad de la educación.
Por los análisis anteriormente expuestos, la Federación Nacional de Representantes Estudiantiles de Educación Superior, reunidos de manera extraordinaria en el encuentro “FENARES, PLATAFORMA HACIA LA CONSECUCIÓN DE UNA EDUCACIÓN SUPERIOR DE CALIDAD FRENTE A LA REFORMA A LA EDUCACIÓN SUPERIOR”, realizado en la Universidad del Magdalena, manifiesta no estar de acuerdo con la actual propuesta presentada por el gobierno nacional para reformar la Educación Superior en el país, ya que no resuelve los problemas estructurales de las Universidades
Públicas y Privadas y crea un nuevo modelo que ataca los pilares, contenidos y fines de la Educación Superior, lo cual, consideramos, es muy grave para el destino de Colombia.
En consecuencia, FENARES propone: Tomar el tiempo que sea necesario para la discusión; desarrollar desde las universidades y demás sectores de la academia y la sociedad, una Reforma a la Educación Superior con base en un estudio serio de evaluación del contexto histórico, normativo y social, que responda a las necesidades de nuestro país, partiendo de los principios constitucionales de la Educación como un Derecho y de la Autonomía Universitaria, independiente de intereses foráneos, mercantilizadores y de la banca; establecer un régimen jurídico especial para las universidades; definir conjuntamente desde las universidades y los diferentes sectores sociales un acuerdo nacional que dé solución estructural al tema presupuestal y que el gobierno pague la deuda histórica que tiene con las Universidades Públicas por un monto mayor a los 450.000 millones de pesos por puntos en el IPC.
Instamos a la sociedad colombiana a defender su Universidad.
Notas:
1. Ribeiro, Darcy. 1968. La Universidad Latinoamericana.
2. Linares, Patricia. 2010. Por una Institucionalidad que Garantice la Autonomía Universitaria.
3. Smith, Adam. La riqueza de las naciones.
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